ÚLTIMO PLAZO PARA REGULARIZACIÓN DE EDIFICACIONES SIN LICENCIA
¿PUEDO REGULARIZAR MI EDIFICACIÓN CONSTRUIDA SIN LICENCIA O SIN CONFORMIDAD DE OBRA?
Si la obra se culminó antes del 01 de enero de 2017 vas a poder regularizar la inscripción de la Declaratoria de Fábrica de tu construcción.
Solo tienes que ponerte en contacto con un Verificador para que se encargue de elaborar el expediente técnico-legal y hacer las respectivas verificaciones con carácter de Declaración Jurada bajo su responsabilidad.
Esta ampliación del plazo es gracias a la Ley 30830 que modifico el artículo 3 de la Ley 27157 y amplío la fecha de aplicación del procedimiento bajo la modalidad de Verificadores.
¿HASTA QUE AÑO PUEDO REGULARIZAR MI CONSTRUCCIÓN?
CONOCE LO NUEVO EN SANEAMIENTO FISICO LEGAL Y LA ÚLTIMA AMPLIACIÓN PARA REGULARIZAR CONSTRUCCIONES EJECUTADAS SIN LICENCIA DE OBRA.
¿QUÉ PASA CON LAS CONSTRUCCIONES CULMINADAS DESPUÉS DEL 31 DE DICIEMBRE DEL 2016?
En resumen tienes dos formas de regularizar tu declaratoria de edificación:
- Si la obra culmino antes del 01 de enero de 2017, puedes acogerte a la regularización contratando a un Verificador Común Sunarp, según Ley 27157.
- Para construcciones ejecutadas entre el 01/01/2017 y el 17/09/2018 puedes regularizar vía la Ley 29090 es decir mediante procedimiento ante el municipio respectivo. Sin perjuicio de la multa (10% del valor de la obra).
¿Y QUÉ PASA CON LOS DEMÁS CONSTRUCCIONES QUE SE HAN EJECUTADO DESPUÉS DEL 17 DE SEPTIEMBRE DE 2018?
Ósea que la construcción se inició después de esa fecha o en todo caso que no se tiene como probar que se inició antes.
Salvo ordenanza municipal que permita la regularización mediante procedimiento municipal, las edificaciones construidas sin licencia después del 17 de septiembre de 2018 serán castigadas con el pago de una multa y con la demolición.
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