SUCESIÓN INTESTADA NOTARIAL

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¿QUÉ ES LA SUCESIÓN INTESTADA NOTARIAL?

La Sucesión Intestada Notarial es la forma más conveniente en el Perú para reconocer como herederos a las personas cuando el causante no ha dejado Testamento, o si habiéndolo dejado, este ha sido declarado nulo, inválido o ha caducado la institución de sus herederos. En esta página conocerá todo respecto a este procedimiento que como su nombre lo indica se realiza en sede notarial.
SUCESIÓN INTESTADA NOTARIAL - LEY DE CREACIÓN
En el mes de setiembre de 1996 se promulgó la Ley N° 26662 -Ley de Competencia Notarial en Asuntos No Contenciosos- por el cual se otorgó a los Notarios la facultad de declarar como herederos por Sucesión Intestada a quienes tengan legítimo derecho siguiendo el procedimiento establecido por la Ley mencionada.
​Para entender mejor como es todo el proceso de Sucesión Intestada Notarial, la hemos dividido en dos etapas.
La primera es básicamente un expediente con documentos que serán entregados al notario; esta etapa suele demorar y ser la más pesada para el(los) solicitante(s).
​La segunda es en sí el procedimiento notarial como verá luego de leer toda esta página.

SUCESIÓN INTESTADA NOTARIAL | ETAPA PREPARATORIA

REQUISITOS PARA SOLICITAR UNA SUCESIÓN INTESTADA EN NOTARIA

  • Acta de defunción, original.
  • Certificado negativo de Testamento expedido por SUNARP, original.
  • Certificado negativo de inscripción de Sucesión Intestada expedida por SUNARP, original.
  • Partida(s) de nacimiento de el(los) hijo(s) reconocido(s), original.
  • Partida de matrimonio del cónyuge, original.
  • Acta de defunción del cónyuge en caso este haya fallecido, original.
  • En caso de conviviente, Constancia de inscripción de la unión de hecho en el Registro Personas Naturales expedido por SUNARP, original.

Si bien esta lista es la más frecuente, suelen haber particularidades por lo que se recomienda consultar directamente en la notaria de su elección que otros requisitos además de los expuestos aquí se necesitaran, ya que no todos los casos son iguales.

RECOMENDACIONES PREVIAS A LA SUCESIÓN INTESTADA NOTARIAL

  • La Sucesión Intestada se tramita ante Notario dentro de la provincia del último domicilio del Causante (difunto). Este domicilio se tiene que acreditar por ejemplo con el DNI, pero es mejor consultarlo en la notaría elegida.
  • Hay que tener mucho cuidado que los nombres en las partidas y documentos a presentarse; sobre todo cuidar que estén bien escritos y completos pues cualquier error u omisión será observada y se requerirá rectificar partidas. Esta rectificación se hace en la RENIEC o en el Municipio. Se recomienda consultar primero en el Municipio si ellos lo pueden hacer o se puede ir a la RENIEC.
  • Aunque hemos mencionado sobre las facilidades que tiene este trámite por vía notarial, no hay que olvidar que tanto la solicitud de inicio del trámite como los escritos que pudieran ser necesario presentarse deben llevar firma de abogado.
  • Si el Causante tiene bienes que cuentan con inscripción en los registros públicos, adjuntar una relación de los mismos con su respectiva Copia Certificada de partida registral; con esto se podrá solicitar en la SUNARP a la par de la inscripción de la Sucesión Intestada, la transferencia de propiedad respectiva.
  • ¿Quiénes tienen derechos en una Sucesión Intestada? Los hijos reconocidos (por ello se pide partida de nacimiento), el cónyuge (por ello se pide partida de matrimonio) o conviviente legalmente reconocido. En otros casos es mejor consultar directamente en la notaria elegida exponiendo bien el caso.

SUCESIÓN INTESTADA NOTARIAL | ÚLTIMA ETAPA PARA EL RECONOCIMIENTO

SUCESIÓN INTESTADA NOTARIAL PROCEDIMIENTO PASO A PASO

Como hemos visto, el notario recibe la solicitud del interesado y la revisa con el fin de admitirla por estar conforme a ley. Luego de admitida la solicitud, se inicia esta última etapa a cargo enteramente del notario. A continuación te informamos de los pasos que el notario dará hasta la inscripción de la Sucesión Intestada en los Registros Públicos.
PASO 1: ANOTACIÓN PREVENTIVA
​El notario mandará se extienda anotación preventiva de la solicitud en el Registro de Sucesión Intestada del lugar donde se ha seguido el trámite.
PASO 2: PUBLICACIÓN
El notario mandará publicar un aviso conteniendo un extracto de la solicitud y notificará a los presuntos herederos.
PASO 3: PROTOCOLIZACIÓN DE LOS ACTUADOS
​Transcurridos quince días útiles desde la publicación del último aviso, el notario extenderá un acta declarando herederos del causante a quienes hubiesen acreditado su derecho.
PASO 4: INSCRIPCIÓN DE LA SUCESIÓN INTESTADA
El notario remitirá los respectivos partes notariales a:
Registro de Sucesión Intestada (del lugar donde se ha seguido el trámite): Se inscribe un segundo asiento en la partida creada en la anotación preventiva; y
Los Registros donde el Causante tenga bienes o derechos inscritos: Se creará un asiento (ejem. C00002) indicando la transferencia de propiedad.

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MODELO DE SUCESIÓN INTESTADA NOTARIAL

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El presente modelo se publica con fines de conocimiento divulgativo y no constituye una asesoría legal ni mucho menos un modelo genérico por lo que se recomienda acudir a un abogado especialista.

SOLICITUD DE SUCESIÓN INTESTADA EN VIA NOTARIAL

SOLICITA: SUCESIÓN INTESTADA
SEÑOR NOTARIO:

………………………………………., identificado con D.N.I. Nº …………….., ………………………………………., identificado con D.N.I. Nº …………….., ………………………………………., identificado con D.N.I. Nº …………….., y ………………………………………., identificado con D.N.I. Nº …………….., todos domiciliados en ……………………………………………………………………………………., ante Ud. nos presentamos y decimos:
Que de conformidad con lo preceptuado en el Art. 1°, 38° y 55° de la Ley N° 266692, Ley de Competencia Notarial en Asuntos no Contenciosos y Art. 815º del Código Civil, solicito por el presente se sirva dar trámite a la sucesión intestada de:

I. NOMBRE DEL CAUSANTE
………………………………………………., el … de ……………. de 200.., siendo su último domicilio en …………………………………………………………………………….

II.- ARGUMENTOS DE HECHO

1.- Con fecha … de ……………… de 19…, don …………………………………….., contrajo matrimonio civil con la causante, en el Concejo Distrital de ………………………….. de la Provincia de ………………….., Departamento de ……………….., conforme lo acredito con la copia certificada de la Partida de Matrimonio que adjunto al presente como anexo B.
2.- Producto de dicha unión matrimonial se procrearon tres hijos:
……………………….., nacido el … de …………….. de 19…, según Partida de Nacimiento otorgada por el Registro Civil de ……………………………………, que como anexo "C" adjunto a la presente.
……………………….., nacido el … de …………….. de 19…, según Partida de Nacimiento otorgada por el Registro Civil de ……………………………………, que como anexo "D" adjunto a la presente.
……………………….., nacido el … de …………….. de 19…, según Partida de Nacimiento otorgada por el Registro Civil de ……………………………………, que como anexo "E" adjunto a la presente.
3.- Que, al haber fallecido la causante intestada, tal y como se acredita con el Certificado Negativo de Testamento que adjunto como anexo "F", solicito a su despacho se sirva declarar a doña ………………………….. y a sus hijos ………………………………., ……………………………..y ……………………………….. como únicos y universales herederos del causante.
4.- Que, declaro como únicos bienes muebles e inmuebles conocidos del causante:

- Inmueble ubicado en ………………………………………………………………………………, inscrito a fojas …… del Tomo Nº ……. del Registro de Propiedad Inmueble de Lima.

- Vehículo …………………… con Placa de Rodaje ………………., año ……….

ANEXOS:
Acompañamos a la presente solicitud los siguientes anexos:
A.- Copia de la D.N.I.. Nº …………… de los solicitantes.
B. Copia Certificada de la Partida de Matrimonio.
C. Copia Certificada de la partida de nacimiento de ………………….
D. Copia Certificada de la partida de nacimiento de ………………….
E. Copia Certificada de la partida de nacimiento de ………………….
F. Certificado Negativo de Testamento.
G. Certificado Negativo de Sucesión Intestada.
H. Copia Certificada del Acta de Defunción.
(Actualización 2023: Algunos notarios están pidiendo, ademas, Certificados Negativos de Unión de Hecho y Constancia Negativa de Matrimonio )

3.- Que, al haber fallecido la causante intestada, tal y como se acredita con el Certificado Negativo de Testamento que adjunto como anexo "F", solicito a su despacho se sirva declarar a doña ………………………….. y a sus hijos ………………………………., ……………………………..y ……………………………….. como únicos y universales herederos del causante.
4.- Que, declaro como únicos bienes muebles e inmuebles conocidos del causante:

-Inmueble ubicado en ………………………………………………………………………………, inscrito a fojas …… del Tomo Nº ……. del Registro de Propiedad Inmueble de Lima.

-Camión …………………… con Placa de Rodaje ………………., año ……….
ANEXOS:
Acompañamos a la presente solicitud los siguientes anexos:
A. Copia de la D.N.I.. Nº …………… de los solicitantes.
B. Copia Certificada de la Partida de Matrimonio.
C. Copia Certificada de la partida de nacimiento de ………………….
D. Copia Certificada de la partida de nacimiento de ………………….
E. Copia Certificada de la partida de nacimiento de ………………….
F. Certificado Negativo de Testamento.
G. Certificado Negativo de Sucesión Intestada. 
H. Copia Certificada del Acta de Defunción.
I. Certificado Negativo de Unión de Hecho.
J. Constancia Negativa de Matrimonio.

POR TANTO:
A  Ud.   Señor Notario,  solicito  se  sirva  admitir  la presente  y  darle  el  trámite correspondiente.

Lima, … de …………. de 20.… 

Firmas

DESCARGAR MODELO SUCESIÓN INTESTADA NOTARIAL EN PDF

Aquí te dejamos un pdf con un modelo de solicitud al notario para iniciar el procedimiento de Sucesión Intestada (vía Notarial). Sin embargo se recomienda asesoramiento legal, pues estos temas requieren conocimiento y experiencia. Luego de que el notario admita la solicitud, el trabajo es del notarío.

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PREGUNTAS Y RESPUESTAS FRECUENTES

¿QUE ES LA INCLUSIÓN DE HEREDERO EN LA SUCESIÓN INTESTADA NOTARIAL?

En primer lugar si alguien se opone podría ser porque hay otro heredero, en ese caso ese heredero debe apersonarse acreditando su calidad con la copia certificada de la partida correspondiente, o instrumento público que contenga el reconocimiento o declaración judicial de filiación. Si el documento es válido el Notario lo pondrá en conocimiento de los solicitantes. Transcurridos diez días útiles y de no mediar oposición, el notario lo incluirá en su declaración y en el tenor del acta correspondiente.

OPOSICIÓN A TRÁMITE DE SUCESIÓN INTESTADA NOTARIAL

En cualquier momento del procedimiento notarial y antes de que el notario extienda el acta, cualquier persona con interés real puede oponerse a ella. Justamente para eso son las publicaciones en diarios. En caso haya oposición el notario dará por terminada la solicitud y el(los) interesados deberán recurrir a la Sucesión Intestada por la vía judicial.

¿QUÉ ES HERENCIA VACANTE Y COMO SE PROCEDE?

Cuando no hay herederos testamentarios ni legales, la ley considera que la herencia esta vacante, en ese caso el Juez o Notario a cargo de la Sucesión Intestada, notificará según el último domicilio del Causante:

  • Dentro de país: A la Sociedad de Beneficencia Pública del lugar del último domicilio del causante (o a la Junta de Participación Social de no existir Beneficencia).
  • En el extranjero: A la Beneficencia Pública de Lima Metropolitana.

En cualquiera de los dos casos anteriores, los bienes deberán adjudicarse a estas entidades.

SUCESIÓN INTESTADA NOTARIAL LEY

En el mes de setiembre de 1996 se promulgó la Ley N° 26662 -Ley de Competencia Notarial en Asuntos No Contenciosos- por el cual se otorgó a los Notarios la facultad de declarar como herederos por Sucesión Intestada a quienes tengan legítimo derecho siguiendo el procedimiento establecido por la Ley mencionada.

COSTO DE SUCESIÓN INTESTADA EN NOTARÍA

Una Sucesión Intestada en el Perú tiene un costo en Lima de aproximadamente S/ 1,500.- es en el común de las notarias y el común de los casos, tanto en lima como en provincias, salvo que el caso de que sea muy complejo. Pero además de este costo hay que costear el contar con la asesoría legal para la etapa preparatoria como hemos detallado aquí.

¿QUE PASA LUEGO DE SOLICITAR UNA SUCESIÓN INTESTADA NOTARIAL?

Si toda esta ok y no hay oposición el trámite consiste en esperar a que la notaria realice todo el proceso y concluya con la inscripción de la Sucesión Intestada en los registros públicos.

VENTAJAS DE LA SUCESIÓN INTESTADA NOTARIAL VS. LA JUDICIAL

  • Entre sus ventajas está el tiempo, ya que es totalmente predecible y no demora más de dos meses, incluso antes.
  • Cualquiera de los herederos la puede solicitar y no es necesario la participación de todos en el trámite.
  • Otra ventaja es que iniciar el procedimiento no se necesita mucho trámite para iniciar el trámite, puesto que en las notarías hay abogados que se encargan de elaborar la solicitud.
  • ​Una desventaja podría ser el costo, ya que por la vía judicial solo se pagan las tasas judiciales.
  • Sé alguien se opone a la Sucesión, el notario terminará el trámite y se tendrá que iniciar Sucesión Intestada por la vía judicial.
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