¿QUE ES EL BLOQUEO REGISTRAL?

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INTRODUCCIÓN

El bloqueo registral, es un procedimiento creado por Decreto Ley N° 18278 del 19 de Mayo de 1970, modificado por la Ley N° 26481, del 14 de Junio de 1995, que consiste en una anotación preventiva ​inscribible en el Registro de Predios, y, se realiza para reservar la prioridad en el registro de un derecho real que si bien ya se ha constituido, aún no se puede inscribir por encontrarse en proceso de ser elevado a escritura pública.

Esto quiere decir que Bloqueo se solicita a través del sistema de Intermediación Digital de la Sunarp (SID-SUNARP). Tanto para la presentación, reingreso e, inclusive, el recurso de apelación ante el Tribunal Registral.

El Bloqueo Registral esta reglamentado en los artículos 105, 136 y 137 del Reglamento de Inscripciones del Registro de Predios y posteriores resoluciones referentes al plazo de calificación, Resolución SUNARP 316-2018-SUNARP/SN, el Bloqueo Registral, Resolución SUNARP 031-2013-SUNARP/SN, y, otros.

¿Cuando conviene solicitar un Bloqueo Registral?

Conviene cuando, antes de a elevar a escritura publica, se quiere asegurar la inscripción de un acto o contrato permitiendo su ejecución sin necesidad de comprobar previamente el hecho físico de la inscripción. No solo se usa para compraventas, sino para muchos actos más.

Solo hay que tener en cuenta que al solicitar el bloqueo, el interesado tendrá la seguridad de poder inscribir su derecho en un plazo de tiempo suficiente, y que en ese tiempo no se podrá inscribir en la partida ningún acto o contrato que no sea el que originó el bloqueo.

¿Cuales son los beneficios del Bloqueo Registral?

  • Asegura la inscripción definitiva de un acto o contrato que contiene un derecho reconocido pero aún no consumado.
  • Impide la inscripción o anotación de cualquier acto que se desee efectuar con posterioridad al bloqueo o mientras el mismo se encuentre vigente.
  • Pone en conocimiento de todos, en virtud del principio de publicidad, la existencia de un derecho reconocido.

REQUISITOS PARA INSCRIPCIÓN DE BLOQUEO DE PARTIDA REGISTRAL EN LA SUNARP

Ya que es el notario quien realiza la solicitud de Bloqueo a los registros públicos, importa decir con referencia a los requisitos, podemos decir que el notario necesita la minuta - que contiene un acto o contrato mediante el cual se constituye, amplia o modifican derechos reales - debidamente firmada y autorizada del acto que se quiere inscribir (por ejemplo una minuta de compra-venta).

Luego se requiere el pago de los derechos registrales, que son los minimos, de presentación por cada bloqueo inscrito por partida electrónica. (osea que si el bloqueo se inscribe en 3 inmuebles, los derechos se pagan por cada partida, x3).

El notario tiene 24 horas de ingresada la minuta a su oficio notarial para solicitar el Bloqueo Registral ante la SUNARP.

Cuanto dura la inscripción del Bloqueo Registral

El Bloqueo Registral tiene un tiempo de vigencia y es por 60 días hábiles (no se considera sábado ni domingo) contados desde la fecha de su anotación en la partida registral, período durante el cual no podrá inscribirse ni anotarse preventivamente ningún acto o derecho incompatible con aquél cuya prioridad se ha reservado; y caduca al vencimiento de dicho plazo en los supuestos previstos en los literales a) , b) y c) del artículo 6° del Decreto Ley N° 18278.

Cuanto demora en inscribirse un Bloqueo Registral

El plazo de calificación es de 24 horas hasta cuatro partidas registrales, y 48 horas siempre y cuando el bloqueo este referido a un solo predio.

Segun Resolución SUNARP 316-2018-SUNARP/SN de fecha 10 de diciembre de 2018 (en vigencia desde el 27 de diciembre de 2018) que modifico el articulo segundo de la Res. N° 320-2010-SUNARP/SN).

MODELO DE MINUTA DE BLOQUEO REGISTRAL

En el Perú no existe un "modelo de minuta de bloqueo", pues es el notario público quien solicita el bloqueo y para ello se le debe entregar, entre otros documentos, copia simple de la minuta debidamente firmada y autorizada del acto que se quiere inscribir (por ejemplo una minuta de compra-venta).

¿Pueden bloquearse inmuebles Hipotecados?

Si se pueden solicitar Bloqueos Registrales sobre inmuebles con cargas o gravámenes. El articulo 2 de la ley 26481 (4) estableció que el notario solo debe verificar la partida electrónica (como parte de su protocolo).

¿Se puede inscribir un Acto diferente al que se dio origen al Bloqueo Registral?

No puede inscribirse un acto diferente al contenido en la minuta presentada al solicitar el Bloqueo Registral.

Es decir, no debe existir incompatibilidad entre el contrato favorecido con el bloqueo y el título posteriormente presentado.


Los efectos de la inscripción del acto o contrato a que se refiere el aviso notarial, se retrotraerán a la fecha y hora del asiento de presentación del aviso.

COMO FUNCIONA EL BLOQUEO REGISTRAL ELECTRÓNICO SUNARP

La presentación de la solicitud de bloqueo en línea la efectúa exclusivamente el notario que tiene a su cargo la formalización del acto. Para ello, el notario debe: encontrarse suscrito al Servicio de Publicidad Registral en Línea y contar con cuenta prepago activa y con saldo suficiente; inscrito en el Módulo del Servicio de Presentación Electrónica; contar con la Clave Electrónica Registral - CER otorgada por la Sunarp únicamente para la presentación electrónica de bloqueos.

El formulario electrónico de Solicitud del Bloqueo debe contener los siguientes datos:
a) Indicar el acto solicitado (bloqueo).
b) La oficina registral, el número de la partida registral respectiva y el acto o actos cuya prioridad se reserva con el bloqueo.
c) Los intervinientes en el acto o actos cuya prioridad se reserva con el bloqueo.
d) Documento digitalizado (minuta respectiva) que se adjunta en formato PDF a la solicitud.
e) El monto de los derechos registrales abonados.

Nota: El formulario electrónico de solicitud con Clave Electrónica Registral – CER del notario y el pago de los derechos registrales dará lugar a la presentación en línea de la solicitud de bloqueo y consecuente derivación al Diario de la Oficina Registral correspondiente.

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