QUE SIGNIFICA TITULO EN SUNARP

En esta página ponemos en conocimiento de nuestros usuarios en el Perú, un compendio de significados relacionados con el estado de los Títulos y otros términos relacionados a ellos usados con frecuencia en el ámbito de la SUNARP.

¿Como se llena y como es el Formulario de Solicitud de Inscripción de TÍTULO en SUNARP?

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¿QUÉ ES TÍTULO EN LA SUNARP?

Se entiende por título para efectos de la inscripción, el documento o documentos en que se fundamenta inmediata y directamente el derecho o acto inscribible y que, por si solos, acrediten fehaciente e indubitablemente su existencia ante la SUNARP. También formarán parte del título los documentos que no fundamentan de manera inmediata y directa la inscripción (documentos adicionales) pero que de manera complementaria coadyuvan a que esta se realice.

En el sentido anterior, los títulos más comunes son escrituras públicas, documentos privados con firmas legalizadas, informes técnicos de verificación, resoluciones judiciales, resoluciones municipales, planos y memorias descriptivas visadas, etc. Todo dependerá del acto que se desea inscribir.

Entonces una característica de los títulos es que tienen una formalidad de presentación la misma que está contemplada en el Registro General del Registro de Predios y el Reglamento respectivo (Predio, Vehicular, etc.). Pero no en todos los casos está exactamente reglamentados como es el caso de la rectificación de inexactitudes en mérito Documentos Fehacientes.

Otra característica que es común en todo título es la Fecha Cierta. La cual se establece de muchas formas, siendo la más común, la certificación notarial de legalización de firmas.

SIGNIFICADOS VARIOS PARA TíTULO EN LA SUNARP

La siguiente lista no es una lista de los tipos de título que dan merito a diferentes inscripciones. Es más bien un compendio de acepciones derivadas, acepciones incluso de uso coloquial que por lo mismo se confunden con lo primero. Por eso creemos que es útil ponerlas en conocimiento.

Título Ingresado o Presentado

Es el uso idiomático que se refiere al documento o documentos ingresados a la SUNARP para su inscripción, a través de la oficina del Diario y Mesa de Partes.

Títulos pendientes incompatibles

Un título es incompatible con otro título ya presentado, cuando la eventual inscripción del primero excluya la del presentado en segundo lugar.
La norma establece que, durante la vigencia del asiento de presentación de un título, no podrá inscribirse ningún otro incompatible con éste. Esto quiere decir que si existe la solicitud de una compra venta y existiera otra solicitud de compra venta anterior, el segundo título no podrá inscribirse hasta que se inscriba o tache el primero.

Tí­tulos Conexos

Según el artículo 5° del Reglamento General de los Registros Públicos, Se entiende por títulos conexos aquéllos presentados al Registro, sea con uno o más asientos de presentación, siempre que estén referidos a la misma partida o asunto y sean compatibles.

Tí­tulo archivado

Son los documentos que se custodian en el Archivo de los Títulos ingresados, ya sean inscritos o tachados. Se custodian y actualmente se escanean para conservar la documentación que diera origen a la inscripción y/o tacha del documento ingresado.

Aprende como solicitar copia simple de título archivado online en esta página.

Tí­tulo Tachado

Un título es tachado cuando:

  • Ha vencido el plazo de vigencia del asiento de presentación, sin que hayan subsanado las observaciones formuladas por el registrador.
  • Ha vencido el plazo de vigencia del asiento de presentación, sin que se hayan pagado los mayores derechos requeridos por el registrador.
  • Sin haber vencido el plazo de vigencia del asiento de presentación, el Registrador determina que lo presentado adolezca de defecto insubsanable.
  • Cuando la ley o el reglamento de los registros públicos lo determine.

En todos los casos anteriores se trata de una Tacha susceptible de ser apelada. Por ello, aunque haya sido tachado el título, este seguirá en el sistema hasta su vencimiento. Y si no se va a apelar el usuario tiene que desistirse (solo lo puede hacer él que presento el título o el notario cuando este lo ha presentado). De no desistirse, el título tachado impedirá que otros títulos sean calificados, hasta su vencimiento. 

  • El último caso de tacha es cuando, sin haber vencido el plazo de vigencia del asiento de presentación, el solicitante formula desistimiento de la inscripción.

Tí­tulo liquidado

Un título se denomina liquidado, cuando el Registrador califica positivamente el título ingresado, pero hay derechos registrales pendientes por pagarse. El Registrador emite la esquela de liquidación y éste debe pagarse dentro del plazo de vigencia del asiento de presentación.

Tí­tulo prorrogado

Un título es prorrogado cuando, de la calificación del título, éste demande mucho más tiempo para su calificación. El Registrador solicitará la prórroga por el plazo que crea conveniente para que la misma sea autorizada.
Existe además la prórroga automática, contemplado en el artículo 28° del Reglamento General de los Registros Públicos, y se aplica para los casos de interponerse Recurso de Apelación a la observación y/o liquidación del título; y, cuando se formule observación o liquidación por mayor derecho o cuando requiera de informe catastral.

Tí­tulo Observado

Un título es observado cuando adolece de un defecto subsanable. El defecto subsanable puede darse, por la falta de un documento adicional, la discrepancia en los documentos con el antecedente registral, o por que algún documento no tenga las formalidades de ley.

Tí­tulo Inscrito

Título inscrito, es el resultado exitoso de la solicitud del acto o contrato solicitado. Por ejemplo, la inscripción de la hipoteca en el asiento correspondiente de la partida electrónica en donde corre inscrito el inmueble.

Tí­tulo despachado

¿Que significa Titulo Despachado en SUNARP Una pregunta muy común y una respuesta simple. Titulo Despachado es lo mismo que decir que el titulo fue inscrito y culmino su trámite, o fue devuelto al solicitante y culmino su trámite, en caso de ser tachado.

Tí­tulo inscribible

No es una terminología jurídica, pero se refiere a que el documento presentado es pasible de inscribirse.

Título suficiente

Se refiere a que la documentación presentada es suficiente, ya sea para su presentación o inscripción del acto o contrato solicitado.

Tí­tulo modificatorio

No es una terminología jurídica, pero mayormente se refieren a contratos accesorios al principal. Por ejemplo, una escritura pública aclaratoria o modificatoria al contrato principal de una escritura pública de un acto principal (escritura de compra venta y su escritura adicional aclaratoria y/o modificatoria).

Tí­tulo primitivo

No existe dicha terminología. Lo que podría decirse es título primigenio, es decir, el que dio origen o nacimiento de acto o contrato en el ámbito registral. Ejemplo, la inscripción de una inmatriculación, la cual origina el nacimiento de una partida registral en el Registro de Predios.

Nulidad del Tí­tulo

La nulidad del título supone la nulidad de la inscripción o anotación preventiva extendidas en su mérito, siendo la resolución judicial que declare dicha nulidad, título suficiente para la cancelación del asiento respectivo.

Tí­tulo en trámite

Es aquel título que está en proceso de calificación e inscripción. No importando si está observado, liquidado o tachado. Se le llama así al título que aunque, no tenga la calidad de título archivado, también se puede visualizar (solo eso).

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