Vecinos Morosos en las Juntas de Propietarios en la mira

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INTRODUCCIÓN

Los vecinos morosos, ahora la tendran más dificil para retrasarse en el pago de sus cuotas a la Junta de Propietarios. Ademas de las cobranzas judiciales que estan reguladas desde hace tiempo con la Ley 27157, los administradores o la Junta de Propietarios, tendran una herramienta más para exigir el pago de las cuotas ordinarias o extraordinarias.

Con el objeto de reducir la morosidad en las Juntas de Propiearios, el Ministerio de Vivienda Construcción y Saneamiento, creará un padrón de vecinos morosos, de acceso público en su portal web, que según lo informado hasta ahora, funcionara enlazado con las Centrales de Riesgo.

¿COMO SE REPORTA A LOS VECINOS MOROSOS?

Básicamente, las Juntas de Propietarios podrán reportar a las centrales de riesgo las deudas que sus vecinos tengan (por cuotas o sanciones impagas), tal y como lo hacen las entidades financieras y empresas de servicios, con sus clientes morosos.

Estas centrales notificarán a las personas morosas sobre lo sucedido y colocarán los datos del moroso en el Registro Nacional de Deudores, que como sabemos afecta a las personas reduciendo sus posibilidades de acceder a créditos, financiamientos, préstamos, entre otros.

“La normativa está enfocada en generar una mejor convivencia entre vecinos. El reglamento interno tipifica distintas infracciones; por ejemplo, retraso en los pagos, ruidos molestos o invasión de un área común. Si el vecino incumple las normas, y además recibe una multa y se retrasa en pagarla, entonces el caso será derivado a las centrales de riesgo.” ​Manifestó, Hernán Navarro Franco, viceministro de Vivienda y Urbanismo, a un diario local.

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CREACIÓN DEL REGISTRO DE LOS VECINOS MOROSOS Y DESDE CUANDO SE LES PODRÁ REPORTAR

Se crearan dos registros: i) Registro de Deudores de cuotas de mantenimiento de bienes y servicios comunes; y, ii) Registro de Administradores de edificaciones sujetas al régimen de la propiedad horizontal.

Si bien los registros, así como su funcionamiento y mantenimiento, estará a cargo del Ministerio de Vivienda, Construcción y Saneamiento, será la Superintendencia de Banca, Seguros y Administradoras Privadas de Fondos de Pensiones quienes registren a los morosos en su Central de Riesgos. Para ello la SBS y APFP tendrá acceso a los registros.

Las disposiciones relacionadas con el procedimiento del registro de las deudas referidas se establecen en el Reglamento del presente Decreto Legislativo.

Aun no se conoce como haran las Juntas de Propietarios para hacer el reporte a los registros antes mencionados, pues se está a la espera del Reglamento del Decreto Legislativo 1568, el mismo que creó los registros y ha establecido un nuevo marco legal para la propiedad horizontal en el Perú. Sin embargo aún no entra en vigencia.

En este artículo analizamos lo más resaltante del Decreto Legislativo 1568, o nueva ley de la propiedad horizontal en el Perú 2023. Enlace pronto (guarda el enlace de esta página)

RECOMENDACIÓN

Mientras entra en vigencia la nueva ley de propiedad horizontal, hay medidas que se pueden ir tomando para estar listos. Medidas como sanear la propiedad, la edificación, tambien, inscribir las Juntas de Propietarios y el Reglamento Interno (así luego haya que adecuarlo a la nueva ley), y se cuenta con todo lo anterior pero no con representantes: elegir e inscribir su elección en la Superintendencia Nacional de los Registros Públicos (SUNARP).

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Si aún no han inscrito al presidente o directiva de su Junta de Propietarios o ni siquiera sabe si existe una Junta de Propietarios y Reglamento Interno en su edificio, no dude en consultarnos.

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