Ministerio de Vivienda Puede Sancionar de Oficio a Agentes Inmobiliarios
INTRODUCCIÓN
Una de las dos quejas en el Gremio de Corredores Inmobiliarios peruanos FORMALES es el “impune” desparpajo de quienes ofrecen inmuebles y hasta comparten comisión sin contar con la autorización y autorización del estado,; muchos de ellos no se consideran Agentes Inmobiliarios Informales.
EL PROBLEMA CON LOS AGENTES INMOBILIARIOS INFORMALES
Son personas que contravienen abiertamente la ley y se promueven y presentan como Corredores Inmobiliarios públicamente sin obtener el registro. "Un registro no me hace profesional" dicen (piratas querrán decir).
Y no solo son corredores sin registros, también se suman inescrupulosos ejecutivos de empresas que realizan gestiones inmobiliarias que sin tener registro de Agente Inmobiliario, quieren cobrar o pedir su parte de la comisión al propietario o al Agente Inmobiliario. Hasta hay profesionales colegiados que quieren llevarse su parte de la comisión "recomendar" a su cliente.
Nuevo Reglamento del Agente Inmobiliario Sanciona a Gestores Inmobiliario
EL PROBLEMA DE TENER MIEDO A DENUNCIAR A LOS AGENTES INMOBILIARIO INFORMALES
Pero hay herramientas legales para enfrentarlos, pues tanto la Ley 29080 como su Reglamento definen las obligaciones, infracciones, sanciones y procedimientos para castigar su ilegal proceder. El problema es ¿quién denuncia?, y peor aún ¿servirá de algo?.
En el fondo de estas cuestiones hay dos temores que pueden estar algo fundados:
- La denuncia por difamación: Es evidente que nadie quiere verse inmerso en una denuncia, pero más cuando se teme siempre a la represalia del denunciado, pues no hay reserva de identidad; también se teme que la denuncia no prospere por falta de pruebas lo que podría dar lugar a que el denunciado contra ataque legalmente.
- La impunidad: El corredor informal puede no tener nada que perder si se le sanciona porque la máxima sanción es la cancelación definitiva del registro ¿pero qué registro si es informal? Entonces este se reirá de todos y seguirá operando, y hasta podría luego pedir su inscripción en el registro.
NUESTRA POSICIÓN SOBRE NO DENUNCIAR A LOS AGENTES INMOBILIARIO INFORMALES
En nuestra opinión estos temores no son bien fundados.
En el primer caso, porque recopilar información no es complicado dado que es bien difícil ofrecer un inmueble en el anonimato o de forma oculta. Luego una mínima asesoría legal reforzaría cualquier punto débil. Finalmente, ¿por qué denunciar solo? Este problema afecta a todos y no faltará institución o grupo de Agentes Inmobiliarios Registrados que quieran sumarse. La denuncia no tiene costo por derecho de trámite y la puede hacer cualquier persona (ósea no tienen que ser Agentes Inmobiliarios Registrados para hacerla).
Y en el segundo lugar hay un error en lo que se cree, puesto que la sanción por actuar como Agente Inmobiliario sin contar con registro o renovación es el pago de 5 UIT que a la fecha son: S/.19,750.- (y cada año aumenta) que equivale a una comisión del 3% sobre $202,000 aprox. Si aun así, hay reincidencia, la sanción no libera de que dicha persona no sea denunciada penalmente por delitos como por ejemplo, contra la fe pública, estafa, etc.
En fin, no debería haber excusas para no detener el actuar de estos informales usando el marco de la ley. Aunque es comprensible que los afectados no vean mayor beneficio en ocuparse de estar en denuncias, enfoncandose siempre en que debe ser el Ministerio lo haga de oficio.
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MINISTERIO APLICÓ MAXIMA SANCIÓN A DOS AGENTES INMOBILIARIOS EN EL 2014
Hay un caso en el 2014 donde el Ministerio de Vivienda de Construcción Vivienda y Saneamiento, actuó de oficio y anulo dos códigos; el argumento fue que RENIEC había cancelado el DNI de la persona que solicito y obtuvo dichos registros.
Este caso es interesante además por la historia que hubo y hay de fondo. Dejamos la Resolución
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